Plan Premier de Accidentes de Arch Insurance

Plan Premier de NCBA:

Inscripción de Miembros:
Completar la solicitud de inscripción al seguro y el pago de la prima requerida según la clase aplicable.

Beneficios

Beneficio de Gastos Médicos por Accidente de $10,000 /
Beneficio por Muerte Accidental y Desmembramiento de $100,000

Beneficio de Gastos Médicos y Dentales por Accidente
El Beneficio de Gastos Médicos y Dentales por Accidente (AME) se paga por Gastos Cubiertos que resulten directa y exclusivamente de un Accidente Cubierto. El Beneficio de Gastos Médicos y Dentales por Accidente puede pagar en exceso de otras coberturas de seguro que pueda tener por ciertos Gastos Cubiertos incurridos como resultado de una Pérdida Cubierta, sujeto a un Deducible de $100.

Máximo del Beneficio de Gastos Médicos y Dentales por Accidente del Plan Premier $10,000 por Accidente Cubierto
El Período de Pérdida Los Primeros Gastos Cubiertos deben incurrirse dentro de 90 días después del Accidente Cubierto
Deducible $100
Alcance de la Cobertura Exceso Completo
Período de Beneficio 1 año desde la fecha del Accidente Cubierto

Cualquier Deducible; Coaseguro; Copagos; Períodos de Beneficio; y Máximos de Beneficio se aplican por Asegurado, por Accidente Cubierto.

Gasto Cubierto Monto del Beneficio
Habitación y Pensión Hospitalaria Diaria Hasta el 100% de U&C sin exceder la tarifa diaria de habitación semi-privada
Unidad de Cuidados Intensivos Diaria Hasta el 100% de U&C
Gastos Hospitalarios Auxiliares Hasta el 100% de U&C
Visita a Consultorio Médico Hasta el 100% de U&C
Gastos Quirúrgicos del Médico Hasta el 100% de U&C
Gastos del Cirujano Asistente Hasta el 100% de U&C
Sala de Emergencias y Suministros Hasta el 100% de U&C
Ambulancia Hasta el 100% de U&C
Visita a Cirugía Ambulatoria Hasta el 100% de U&C
Sala de Cirugía Ambulatoria y Suministros Hasta el 100% de U&C
Pruebas de Laboratorio y Rayos X Ambulatorios Hasta el 100% de U&C
Medicina Física Hasta el 100% de U&C
Gastos del Anestesiólogo Hasta el 100% de U&C
Gastos Dentales Hasta el 100% de U&C
Medicamentos Recetados Hasta el 100% de U&C
Alquiler de Equipos Médicos Hasta el 100% de U&C
Servicios y Suministros Médicos Hasta el 100% de U&C

Beneficio por Muerte Accidental y Desmembramiento
El Beneficio por Muerte Accidental y Desmembramiento (AD&D) se paga si una Lesión al Asegurado resulta en cualquiera de las Pérdidas Cubiertas que se muestran en el Cuadro de Beneficios, dentro del Período de Tiempo para la Pérdida que se muestra en el Cuadro de Beneficios. El beneficio(s) puede pagarse al Asegurado en caso de Desmembramiento (por ejemplo, pérdida de ciertas partes del cuerpo) que resulte de una Lesión de una Pérdida Cubierta al
Asegurado, hasta el porcentaje de la Suma Principal mostrado en el Cuadro de Beneficios. En caso de fallecimiento accidental de un miembro causado por una Lesión de una Pérdida Cubierta, este beneficio puede pagarse al Beneficiario del Asegurado.
Si una Lesión al Asegurado resulta en cualquiera de las Pérdidas Cubiertas que se muestran a continuación, dentro de los 365 días a partir de la fecha del Accidente Cubierto que causó la lesión, pagaremos un monto según la tabla a continuación. Si ocurren múltiples pérdidas, solo se pagará un beneficio, el mayor, por todas las pérdidas como resultado del mismo Accidente Cubierto.

Suma Principal de AD&D del Miembro Principal del Plan Premier $100,000
Suma Principal de AD&D para Cónyuge o Pareja de Hecho $50,000
Suma Principal de AD&D para Hijo(s) Dependiente(s) $25,000
Pérdida de Vida 100%
Pérdida de Ambas Manos 100%
Pérdida de Ambos Pies 100%
Pérdida de Vista Total de Ambos Ojos 100%
Pérdida de Una Mano y Un Pie 100%
Pérdida de Habla y Audición 100%
Pérdida de Una Mano o Un Pie y Vista Total de Un Ojo 100%
Pérdida de Una Mano o Un Pie 50%
Pérdida de Vista Total de Un Ojo 50%
Pérdida de Habla o Audición 50%
Pérdida de Audición en Un Oído 50%
Pérdida del Pulgar e índice de la Misma Mano 25%
Pérdida de Cuatro Dedos de la Misma Mano 25%
Cuadriplejia 100%
Paraplejia 50%
Hemiplejia 50%
Uniplejia 25%
Exposición y Desaparición Incluido

Exposición y Desaparición
Esto incluye exposición inevitable a los elementos tras un Accidente Cubierto o la desaparición del Asegurado después de un aterrizaje forzoso; encallamiento; hundimiento; o naufragio de un Medio de Transporte en el que el Asegurado estaba viajando durante un viaje que de otro modo estaría cubierto por la Póliza. Además, Desaparición significa que se presume que un Asegurado ha fallecido como resultado de un Accidente Cubierto y que no se encuentra el cuerpo dentro de un año del Accidente Cubierto.

Reducciones de Edad:
El Beneficio por Muerte Accidental y Desmembramiento del Asegurado puede reducirse al porcentaje de su Beneficio en efecto en la fecha previa a la primera reducción, como se muestra a continuación.

Edad Porcentaje del Monto del Beneficio
65 pero menos de 70 65%
70 pero menos de 80 50%
80 pero menos de 85 30%
85 o más 20%

La prima para un Asegurado de 65 años o más se basa en el 100% de la cobertura que estaría en efecto si el Asegurado tuviera menos de 65 años.
La edad mencionada arriba se refiere a la edad del Asegurado o Dependiente en su cumpleaños más reciente.

Límite Agregado de Responsabilidad

Límite Agregado de Responsabilidad Máximo del Beneficio: $1,000,000
Aplica Durante: Por Accidente Cubierto
Aplica a: Solo beneficios de AD&D

El monto máximo que pagaremos por todas las Pérdidas Cubiertas que resulten del mismo Accidente Cubierto no excederá el Límite Agregado de Responsabilidad descrito en el Certificado.
Si el monto total pagadero por todas las Pérdidas Cubiertas en cualquier Accidente supera el Límite Agregado de Responsabilidad, la Pérdida Cubierta de cada Asegurado se pagará en la misma proporción que el Límite Agregado de Responsabilidad tiene con el monto total de todas las Pérdidas Cubiertas. No seremos responsables por montos en exceso del Límite Agregado de Responsabilidad.

Peligros Cubiertos:
Esta póliza incluye el Peligro de Negocios y Placer (24 Horas). Pagaremos los beneficios como se muestra en el Certificado cuando un Asegurado sufra una Pérdida Cubierta en cualquier momento mientras esté cubierto bajo la Póliza. A menos que se especifique lo contrario, pagaremos beneficios solo una vez por una Pérdida Cubierta.
A menos que se indique lo contrario en el Cuadro de Beneficios, pagaremos beneficios por una Pérdida Cubierta, solo una vez, incluso si la cobertura fue proporcionada bajo más de un Peligro. Pagaremos la mayor cantidad de beneficio aplicable bajo todos esos Peligros.

Cumplimiento del Seguro:
Para detalles completos de la cobertura, incluidas todas las disposiciones, limitaciones y exclusiones, consulte su Certificado. Los Certificados están disponibles en línea según su estado de residencia. Un Asegurado puede descargar una copia del Certificado electrónicamente desde la sección de Miembros en www.ncbamembers.org haciendo clic en el enlace designado para el estado correspondiente del Asegurado. Al elegir hacerlo, el Asegurado está dando su consentimiento para aceptar la entrega electrónica. De lo contrario, comuníquese al 844-872-4165 para obtener una copia de su Certificado.

Exclusiones de Cobertura:
A menos que esté específicamente cubierto por esta Póliza, no pagaremos Beneficios por ninguna pérdida, Tratamiento o servicios que resulten de o contribuyan a la siguiente lista de exclusiones:

  1. Suicidio o intento de suicidio del Asegurado; autodestrucción o intento de autodestrucción mientras esté cuerdo o loco.
  2. Lesión autoinfligida intencional del Asegurado.
  3. Guerra o cualquier acto de guerra o invasión; declarada o no declarada.
  4. Cargos por servicios, Tratamientos o suministros experimentales o de investigación; o medicamentos que no hayan sido aprobados por la Administración de Alimentos y Medicamentos para la Lesión diagnosticada, o cargos incurridos por servicios o procedimientos experimentales o de investigación;
  5. Servicio activo a tiempo completo del Asegurado en las fuerzas armadas; Guardia Nacional; servicio militar; naval; o aéreo; o cuerpo de reserva organizado de cualquier país u organización internacional.
  6. Enfermedad; enfermedad; debilidad física o mental; o cualquier infección bacteriana o viral; o Tratamiento médico o quirúrgico de la misma, excepto cualquier infección bacteriana que resulte de: un corte accidental externo; o infecciones piógenas que resulten de la ingestión accidental de alimentos contaminados, a menos que esté específicamente cubierto por esta Póliza.
  7. Pilotar o servir como miembro de la tripulación o viajar en cualquier aeronave excepto como pasajero de pago en una aerolínea regular o chárter.
  8. Tomar voluntariamente cualquier droga o narcótico a menos que la droga o narcótico sea recetado por un Médico.
  9. Estar intoxicado o bajo la influencia de marihuana recreativa legal mientras opera un vehículo motorizado, herramientas o maquinaria pesada, según lo define la legislación de la jurisdicción donde ocurrió el Accidente. Si dicha jurisdicción no tiene una ley para definir la Intoxicación, entonces bajo esta póliza significará un contenido de alcohol en sangre (BAC) del 0.08% o superior. La intoxicación está definida por las leyes de la jurisdicción donde ocurre dicho Accidente.
  10. Violación o intento de violación de cualquier ley o regulación debidamente promulgada por el Asegurado; o comisión o intento de cometer un asalto; u otra actividad ilegal.
  11. Lesiones pagadas/pagaderas bajo leyes de Compensación de Trabajadores, responsabilidad del Empleador; o beneficios similares ocupacionales.
  12. Participación del Asegurado en cualquier carrera o concurso de velocidad vehicular motorizado.
  13. Un Accidente Cubierto si el Asegurado es el operador de un vehículo motorizado; y no posee una licencia de operador de vehículos motorizados válida.
  14. Cualquier ocurrencia mientras un Asegurado esté encarcelado después de la condena.
  15. En la medida en que estemos prohibidos de proporcionar cobertura o hacer pagos por cualquier tipo de restricción de viaje; restricción comercial; sanción económica; o embargo impuesto por el gobierno de los Estados Unidos.
  16. Participación activa del Asegurado en actos de Terrorismo, conmoción civil o disturbios de cualquier tipo.
  17. Viaje o vuelo del Asegurado en o sobre cualquier aeronave, incluido entrar o salir de la misma:
    a. mientras viaja como pasajero en cualquier aeronave que no esté destinada o autorizada para el transporte de pasajeros; o
    b. mientras se usa para cualquier propósito de prueba o experimental; o
    c. mientras pilota; opera; aprende a operar; o sirve como miembro de la tripulación de la misma; excepto como está cubierto en esta Póliza; o
    d. mientras viaja en cualquier aeronave o dispositivo que sea propiedad; controlado; o arrendado por o en nombre de un Asegurado, del empleador del Asegurado, de cualquier subsidiaria o filial del empleador del Asegurado, o por el Asegurado o cualquier miembro desu hogar, excepto como está cubierto en esta Póliza; o
    e. que esté siendo volado por el Asegurado o en el que el Asegurado sea miembro de la tripulación; o
    f. que se esté utilizando para: i) fumigación agrícola; rociado o siembra; dar y recibir instrucción de vuelo; lucha contra incendios; escribir en el cielo; paracaidismo o parapente; turismo; excursiones de crucero o tours; inspección de tuberías o líneas eléctricas; salto bungee; montañismo; parasailing; fotografía aérea o exploración; carreras; pruebas de resistencia; acrobacias o vuelos acrobáticos; o ii) cualquier operación que requiera un permiso especial de la FAA, incluso si se concede. (Esto no se aplica si el permiso es requerido únicamente debido al territorio sobrevolado o aterrizado);
    g. diseñado para vuelos por encima o más allá de la atmósfera terrestre;
    h. diseñado para vuelos por encima o más allá de 50,000 pies;
    i. que sea un ultraligero; o planeador, no propulsado o propulsado por cohetes;
    j. que esté siendo utilizado para el propósito de paracaidismo; o paracaídas;
    k. que esté siendo utilizado por cualquier autoridad militar; excepto una aeronave utilizada por el Comando de Movilidad Aérea o su equivalente extranjero.
    l. que se esté utilizando como taxi aéreo.

Además de las exclusiones anteriores, no pagaremos Beneficios de Gastos Médicos y Dentales por Accidente ni Beneficios Adicionales por Accidente por ninguna pérdida, Tratamiento o servicios que resulten de o contribuyan a la siguiente lista de exclusiones:

  1. Tratamiento por personas empleadas o contratadas por un Tomador de Póliza; o por cualquier Familiar Inmediato del Asegurado.
  2. Tratamiento de Enfermedad; enfermedad; o infecciones excepto infecciones piógenas o infecciones virales o bacterianas que resulten de la ingestión accidental de sustancias alimenticias contaminadas.
  3. Tratamiento de hernia; Enfermedad de Osgood-Schlatter; osteocondritis; apendicitis; osteomielitis; enfermedades o afecciones cardíacas; fracturas patológicas; debilidad congénita; retina desprendida a menos que sea causada por una Lesión; o trastorno mental; o cuidado o Tratamiento psicológico o psiquiátrico (excepto según lo proporcionado en la Póliza); ya sea causado o no por un Accidente Cubierto.
  4. Daño o pérdida de dentaduras o puentes; o daño a equipos ortodónticos existentes (;excepto según lo cubierto específicamente por la Póliza.
  5. Gastos incurridos para el Tratamiento de disfunción temporomandibular; o craniomandibular; y dolor miofascial asociado (excepto según lo proporcionado por la Póliza).
  6. Participación o práctica de deportes semiprofesionales; deportes profesionales.
  7. Cualquier Tratamiento electivo; cirugía; Tratamiento de salud; o examen; incluyendo cualquier servicio; Tratamiento; o suministros que: (a) sean considerados por Nosotros como experimentales; y (b) no sean prácticas médicas reconocidas y generalmente aceptadas en los Estados Unidos.
  8. Gastos pagados por cualquier póliza de seguro de automóvil sin tener en cuenta la culpa. (Esta exclusión no se aplica en ningún estado donde esté prohibido).
  9. Tratamiento de Lesiones que resultan a lo largo del tiempo, como ampollas; codo de tenista; etc., y que son un resultado normal de la participación en la Actividad Cubierta.
  10. Sangre, plasma sanguíneo; o almacenamiento de sangre; excepto gastos por un Hospital para el procesamiento o administración de sangre.
  11. Cirugía cosmética; excepto para cirugía reconstructiva necesaria como resultado de una Lesión.
  12. Exámenes físicos de rutina, inmunizaciones u otros exámenes cuando no hay indicaciones objetivas o deterioro en la salud normal, y exámenes diagnósticos o radiográficos de lobotomía.

Esta es una breve descripción de su certificado de seguro suscrito por Arch Insurance Company. Su certificado contiene cobertura solo por accidentes y no está destinado a reemplazar el seguro médico mayor. La cobertura no está disponible en todos los estados o jurisdicciones y puede variar según el estado. La Póliza se emite a la Asociación de Beneficios del Consumidor Nacional (NCBA). Para obtener detalles completos de la cobertura, incluidas disposiciones, limitaciones y exclusiones detalladas, consulte su Certificado.

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